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Piden a TVN pronunciarse por vínculo de Director con caso SQM

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tvn2015
En el contexto del caso Penta-SQM, el sitio de investigación Ciper publicó el pasado jueves un listado de 74 personas investigadas por el Servicio de Impuestos Internos.
Entre los mencionados se encuentra el miembro del Directorio de Televisión Nacional, Cristián Leay Morán, señalándose relevantes antecedentes que lo vinculan con operaciones de financiamiento ilegal a campañas políticas.
A partir de estas informaciones el abogado Luis Cuello presentó, este lunes, dos escritos en las oficinas de Televisión Nacional, con el objeto de solicitar un pronunciamiento del Directorio de la estación estatal respecto de la situación del Director Cristián Leay.
En el primer documento, se reproducen las declaraciones de la nuera de Leay, quien expuso ante el SII haber emitido boletas para SQM por $5 millones sin prestar ningún servicio a la firma, reconociendo haber entregado el dinero a Cristián Leay.
El escrito recuerda que el artículo 10 de la ley que crea TVN prohíbe a los directores “realizar o incurrir en actos ilegales o inmorales…”, norma cuyo cumplimiento estaría siendo cuestionado en razón de los hechos atribuidos a Leay por algunos medios de comunicación.
La presentación finaliza invocando el principio de probidad y transparencia del artículo 8º de la Constitución, para requerir que el Directorio revise las potenciales consecuencias derivadas de este caso.
Las actas del Directorio.
Un segundo texto contiene la solicitud de acceso a las actas de las sesiones de Directorio donde se abordó el Caso Penta-SQM, con el propósito de que TVN transparente el debate interno sobre su tratamiento informativo. El conocimiento de estas actas permitirá también verificar si Cristián Leay intervino en la discusión y -de haberlo hecho- si advirtió al Directorio su eventual vinculación con el caso.
Dicha petición se funda en el derecho a la información garantizado en la Constitución y en el artículo 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos. En particular, el documento cita el principio 4º de la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión que define el acceso a la información en poder del Estado como “un derecho fundamental de los individuos”.

por Elías Mella
Publicada en Otra Prensa