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Colegio de Periodistas se refiere a querella interpuesta a periodista del Diario Austral de Temuco

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Este martes 18 de octubre el Juzgado de Garantía de Temuco declaró culpable a Lorenzo Lovera, periodista de El Diario Austral de esa ciudad, por los cargos de injurias graves cometidas contra el jefe de gabinete de la Intendencia de la Región de la Araucanía, Óscar Aroca, y la Oficial Profesional de la PDI Jaqueline Leal.  La sanción se deriva de algunos artículos publicados por Lovera en el medio en el que se desempeña, que hacían alusión a la sentencia dictada por el Juzgado de Garantía de Temuco el 16 de marzo de 2012, sobre uso malicioso de instrumento público por parte de Aroca.

Ante la resolución que culpabiliza a Lovera, el Colegio de Periodistas de Chile declara:

1.- Nuestro total rechazo al veredicto emanado del Juzgado de Garantía de Temuco, que condena a 61 días de presidio y el pago de 11 UTM al profesional de la prensa citado, por ejercer su derecho a la libre expresión y ejercicio periodístico. Rechazamos el mal precedente y el enorme perjuicio que esta resolución genera al derecho de toda la ciudadanía a acceder a información de interés público, cuestión que, a la larga, resulta lesiva a la democracia de Chile.

2.- Nuestra orden profesional ha sido enfática en señalar que son las sanciones éticas y no las penas corporales el camino correcto para confrontar eventuales problemas o disquisiciones surgidas en el ejercicio periodístico. A nuestro juicio, los organismos a los que se debe apelar en primera instancia son los tribunales de ética de nuestra entidad, los cuales deben velar por el cumplimiento de un periodismo que actúe con rigurosidad, orientación ética y que resguarde la integridad de las personas. En esta línea, insistimos en la urgencia de modificar el artículo 29 de la Ley de Prensa, que sigue aludiendo al Código Penal para dirimir hechos de esta índole.

Lo anterior está consagrado en la más reciente visita de la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), realizada a Chile, que señala que “la libertad de expresión otorga, tanto a los directivos de medios de comunicación como a los periodistas que trabajan en ellos, el derecho a investigar y difundir e informar por esa vía hechos de interés público y que la amenaza del derecho penal –usualmente vago y ambiguo en esta materia– sobre quien se expresa contra el poder público tiene un efecto disuasivo e inhibitorio”.

3.- Expresamos nuestro cuestionamiento a la forma en que fue interpuesta la querella contra el colega Lovera, tomando en cuenta que los querellantes -a través de su abogado- aludieron a la condición de funcionarios públicos que ambos detentan. Nos parece que hacer uso de sus cargos en el aparato del Estado resulta un modo impropio de ejercer presión sobre los tribunales y la opinión pública. Cabe recordar que, según lo estipulado por la CIDH, “si bien el derecho a la libertad de expresión no es absoluto, en una sociedad democrática y pluralista, las acciones y omisiones del Estado y de sus funcionarios o de quienes aspiran a serlo,están sujetos a un escrutinio mayor por la prensa y la opinión pública”.

4.- Finalmente, como Colegio de Periodistas de Chile quisiéramos expresar solidaridad con el periodista acusado y penalizado, y advertir que nos mantendremos atentos a los procesos de apelación venideros y al desarrollo del caso.