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Convocatoria a Elección Regional Complementaria Periodo 2023-2024

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CONVOCATORIA

A ELECCIÓN REGIONAL COMPLEMENTARIA

PERIODO 2023-2024


El Consejo Nacional del Colegio de Periodistas de Chile, conforme a  sus estatutos y al Reglamento Electoral,  convoca a elecciones regionales complementarias para los días 27 y 28 de marzo de 2023, para elegir:


     Consejo Regional Iquique, elección de Consejo Regional (4 consejeros/as).

    Consejo Regional Loa, elecciones completas. (presidente/a  y 4 consejeros/as).

    Consejo Regional Atacama, elecciones completas.  (presidente/a y 4 consejeros/as).

    Consejo Regional Maule Norte, elecciones completas (presidente/a y 4 consejeros/as).

    Consejo Regional Maule Sur, elecciones completas. (presidente/a y 4 consejeros/as).

    Consejo Regional Araucanía, elecciones completas.  (presidente/a y 4 consejeros/as).

    Consejo Regional Osorno, elecciones completas.   (presidente/a y 4 consejeros/as).

    Consejo Regional Décima Sur, elecciones completas. (presidente/a y 4 consejeros/as).

    Consejo Regional Aysén, elecciones completas. (presidente/a y 4 consejeros/as).

    Consejo Regional Magallanes, elección de Consejo Regional (4 consejeros/as ).


El plazo para la inscripción de candidaturas vence el martes 7 de marzo a las 23:50 horas.


Las listas y/o candidaturas regionales deberán registrarse con él o la secretaria al mail del Consejo Regional correspondiente. En caso en que el consejo regional no esté activo o no cuente con mesa regional, las listas y/o candidaturas podrán inscribirse con la secretaria general , Srta. Isolina Guaiquil, general al correo contacto.colegiodeperiodistas@gmail.com

Al momento de inscribirse las candidaturas deberán indicar nombre y contacto y definir un apoderado de lista. Una vez que los Consejos Regionales recepcionen las candidaturas deben remitir esa información al Consejo Nacional.

 

Cada consejo regional debe constituir una Comisión Electoral compuesta por personas que no son candidatas. 

El sistema de votación será presencial y el Consejo Regional deberá imprimir los votos.

Pueden presidir e integrar los Consejos Regionales quienes cumplan los siguientes requisitos:

a) Estar inscrito/a en los Registros del Colegio, con un ocho (8) meses mínimo de antigüedad,
b) No haber sido condenado/a por crimen o simple delito,
c) No haber sido objeto de alguna de las medidas ejecutoriadas establecidas en las letras b),
c) y d) del Art. 69 durante los últimos cinco años anteriores a la elección,
d) Estar al día en el pago de las cuotas.
e) No haber sido removido/a, ni haber hecho abandono de su cargo, ni haber incumplido
según lo establecido en el Art. 7 en los últimos cinco periodos.

 

Toda la información sobre el proceso está indicada en el Reglamento Electoral, publicado en la página web del Colegio de Periodistas de Chile.

 

 CALENDARIO ELECTORAL

 FECHAS ELECCIONES COMPLEMENTARIAS



CONVOCATORIA Y DIFUSIÓN


ARTÍCULO 4: Con 45 días de anticipación a la fecha puesta para las elecciones, el Consejo Nacional y los Consejos Regionales convocarán las elecciones e inscripciones de candidatos/as.

9 de febrero.

 
ARTÍCULO 8: El Consejo Nacional deberá informar tres veces las fechas de elecciones nacionales: la primera vez 45 días antes, la segunda 20 días antes de las elecciones y la tercera, 5 días antes. Esta información deberá ser publicada en la página web de la Orden, en sus redes sociales y distribuida por mail masivo a todas y todos los afiliados.
 
PRIMERA CONVOCATORIA: 9 de febrero
SEGUNDA CONVOCATORIA: 7 de marzo
TERCERA CONVOCATORIA: 22 de marzo


CIERRE INSCRIPCIÓN DE LISTAS

ARTÍCULO 7:

C) Las listas de candidatos/as nacionales y regionales deberán inscribirse 20 días antes de la fecha de las elecciones. Las listas regionales deberán registrarse ante la o el secretario regional al mail del Consejo Regional. Las listas nacionales deberán inscribirse ante él o la secretaria general, indicando nombre y contacto de las y los apoderados de lista al correo contacto.colegiodeperiodistas@gmail.com.

 FECHA MÁXIMA: 7 de marzo


COLEGIACIONES

Para participar en las elecciones con derecho a voto se aceptarán colegiaciones que lleguen para ser aprobadas en el  consejo nacional del sábado 4 de marzo  al correo contacto.colegiodeperiodistas@gmail.com.

FECHA: VIERNES 3 DE MARZO 23.50 HORAS, PARA SER ADMITIDAS EN CONSEJO NACIONAL EL SÁBADO 4 DE MARZO

 

 CUOTAS AL DÍA

Podrán participar las y los colegiados con sus cuotas al día hasta el sábado 4 de marzo.

 FECHA: SÁBADO 4 DE MARZO


CREACIÓN DEL PADRÓN

ARTÍCULO 12: La Mesa Directiva Regional quince días antes de las elecciones deberá entregar a la Comisión Electoral Nacional con copia al Comité Electoral Regional el listado de colegiados/as al día en sus cuotas para constituir el padrón electoral.

 FECHA: LUNES 13 DE MARZO

 
 CONFORMACIÓN COMISIÓN ELECTORAL Y  RECEPTORA DE  SUFRAGIOS

ARTÍCULO 14: Los Consejos Regionales, treinta días antes de las elecciones, mediante sorteo, se elegirá a tres colegiados/as con sus cuotas al día, para que integren la Comisión Electoral Regional. El Consejo Nacional, treinta días antes de las elecciones en su sesión mensual deberá sortear 3 colegiados/as para conformar

la Comisión Electoral Nacional. Podrán integrar esta Comisión colegiados y colegiados que NO sean candidatos en las elecciones, que estén al día en sus cuotas y que no estén sujetos a algún tipo de inhabilidad.


I. FECHA CONFORMACIÓN COMISIÓN EN REGIONES:
Viernes 3 de marzo.

 

CONFORMACIÓN TRIBUNAL CALIFICADOR DE ELECCIONES

ARTÍCULO 56 (estatutos): Cada dos años en el mes de octubre – o un mes antes de las elecciones- el Consejo Nacional elegirá, por sorteo, de entre los y las periodistas de todo el país, hábiles para ser Consejeros/as Nacionales, el Tribunal Calificador de Elecciones, TRICEL, que estará compuesto de tres miembros titulares y cinco suplentes. Estos/as últimos/as serán sorteados/as de entre los y las periodistas inscritos/as en el Consejo Metropolitano. El TRICEL elegirá de entre sus miembros un presidente/a y un/a secretario/a.


 FECHA: LUNES 6 de marzo.

 
 PROCLAMACIÓN

 ARTÍCULO 21: El TRICEL tendrá las siguientes funciones:
 
        C) Verificados los resultados y si no hay observaciones o impugnaciones, el TRICEL proclamará oficialmente a los candidatos/as que resulten elegidos. Ello ocurrirá al quinto día hábil de realizadas las elecciones.
 

 FECHA: 4 de abril.

 
 RECLAMACIONES

 
     D) El TRICEL también conocerá los reclamos o impugnaciones que se interpongan por alguna presunta irregularidad que se hubiese registrado en el proceso eleccionario. Se podrá apelar al proceso en un plazo máximo de 3 días hábiles ocurridas las elecciones.

 FECHA MÁXIMA: 31 de marzo.